martes, 3 de febrero de 2015

Financiación Nacional e Internacional para PYMES innovadoras

  • §  Para una PYME con menos de 10 personas dedicadas a proyectos de I+D+i, las bonificaciones a la Seguridad Social por Personal Investigador son una gran oportunidad de ahorro y más cómoda, al no tener que certificar.
  • §  Las 11.652 empresas con el sello "PYME Innovadora" podrían reducir el coste de los trabajadores dedicados en exclusiva a proyectos de I+D+i hasta en un 70%, siendo la bonificación media por trabajador de 2.360 euros.
  • §  El Instrumento PYME, dotado con 78.000 millones de euros, sufraga el 70% de los costes subvencionables.
  • §  La Comisión Europea ha elegido ya a 71 PYMES españolas como beneficiarias del Instrumento PYME en la primera fase y a 12 en la segunda.

 

Madrid, 3 de Febrero de 2015.-Alma Consulting Group, consultora líder en la optimización de costes a través de la fiscalidad, ha dado a conocer la financiación nacional e internacional a la que pueden tener acceso en la actualidad las PYMES innovadoras. Nunca antes han tenido a su disposición mayor financiación, tanto a través de Deducciones/Cash Back y Bonificaciones por Personal Investigador, como de financiación directa (ayudas nacionales y de Europa: Instrumento PYME).

 

Si bien las deducciones fiscales por I+D+i no han resultado tan efectivas en la práctica por la limitación en la aplicación, una buena alternativa son las Bonificaciones a la Seguridad Social por Personal Investigador. El Real Decreto 475/2014 sobre bonificaciones en  la cotización a la Seguridad Social del personal investigador recupera el incentivo por el cual las entidades cuyos trabajadores con dedicación en exclusiva a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i), pueden obtener una bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes.

 

Además, mantiene la compatibilidad con otras ayudas y amplía el ámbito al régimen de  deducción fiscal por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Para su aplicación, establece una salvedad, diferenciando empresas que hayan recibido el sello "PYME Innovadora", a las que premia con una compatibilidad total a la hora de aplicar ambos incentivos. Para el resto de empresas o entidades, la bonificación será compatible con el referido régimen de deducción, siempre que no se aplique sobre el mismo investigador.

 

Otra de las novedades que establece el Real Decreto está dirigido a entidades con diez o más investigadores, que tienen la obligación de aportar ante la Tesorería General de la Seguridad Social en un plazo máximo de seis meses desde la finalización del ejercicio fiscal en el que se han aplicado las bonificaciones, un informe motivado vinculante emitido por la Dirección General de Innovación y Competitividad del Ministerio de Economía  y Competitividad relativo al cumplimiento en dicho período de la condición de personal investigador con dedicación exclusiva a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.

 

Para aquellas empresas que quieran hacer uso de estas bonificaciones y además apliquen deducciones fiscales, será necesario aportar ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria una memoria anual de actividades y proyectos ejecutados e investigadores afectados por la bonificación en el ejercicio vencido, al presentar su declaración del impuesto de sociedades. Se podrá comprobar la condición de PYME innovadora mediante el acceso al registro. El Real Decreto se publica con carácter retroactivo. Podrá solicitarse la devolución del exceso ingresado, y la Tesorería General de la Seguridad Social deberá dictar y notificar la resolución dentro de los seis meses siguientes a la presentación de la documentación de solicitud de dicha devolución.

Evaluando la repercusión directa del incentivo, actualmente existen registradas 11.652 empresas con el sello "PYME Innovadora" en la Dirección General de Innovación y Competitividad del Ministerio de Economía  y Competitividad, empresas que podrían utilizar este incentivo como apoyo a la contratación de personal investigador. Teniendo en cuenta los nuevos criterios establecidos de compatibilidad con deducciones fiscales y el anterior con subvenciones, el coste de estos trabajadores para la empresa podría verse reducido hasta en un 70%. De forma general, según el MINECO, se ha establecido en 500 el número de puestos de trabajo de nueva creación en tres años que se prevé gracias a este incentivo, y una bonificación media por trabajador de 2.360 euros.

 

En cuanto a la financiación directa que pueden conseguir las PYMES españolas en la actualidad, la Comisión Europea ha venido articulando su política de I+D a través de las sucesivas ediciones del Programa Marco, y en la última edición, Horizonte 2020, ofrece a las empresas una nueva modalidad de participación denominada Instrumento PYME (en inglés SME Instrument).  Instrumento PYME está orientado a proyectos de innovación con alto potencial para el crecimiento, desarrollo e internacionalización de la PYME. Está dotado con 78.000 millones de euros y sufraga el 70% de los costes subvencionables. Los beneficiarios pueden ser una PYME o Consorcio de PYMES .El proyecto debe basarse en una idea realmente innovadora en su sector o mercado y ejecutar actividades de innovación y de I+D que sean necesarias para el desarrollo de las anteriores. Debe ser un proyecto en estado avanzado, que sea estratégico para la empresa y con cercanía al mercado. El proceso de presentación de solicitudes consta de tres fases: 

 

Fase 1- Estudio de viabilidad: Se financia con 50.000 € la realización de un Plan de Negocio para demostrar la viabilidad tecnológica y económica de una idea innovadora.

Fase 2 - Proyecto de Innovación: Se financiarán todas las actividades (desarrollo de prototipos, diseño, ensayos, demostración, escalado industrial, etc.) necesarias para obtener el producto, proceso o servicio innovador, incluidas actividades de I+D necesarias para el desarrollo de las anteriores.  

Fase 3- Comercialización: Se recibirá apoyo no financiero (networking, formación, orientación, información,…) para poner en el mercado el producto, proceso o servicio desarrollado en la fase anterior.

 

El pasado mes de junio tuvo lugar una de las fechas de corte para la Fase 1 y los resultados publicados por la Comisión Europea ponen de manifiesto la gran aceptación que el Instrumento PYME está teniendo entre nuestras empresas. En la primera Fase, la Comisión Europea eligió a 71 PYMES españolas como beneficiarias y en la segunda a 12, lo que demuestra el alto potencial innovador español. En ambas Fases España ha liderado la clasificación de PYMES seleccionadas, procedentes de ámbitos como la producción de alimentos sostenibles, seguridad, control de sistemas, nanotecnología, salud, educación, etc.

 

David de Paz, Consultor en Financiación de la Innovación de Alma Consulting Group, ha destacado que: "el acceso de las PYMES a las diferentes modalidades de financiación mencionadas, requiere de un profundo conocimiento técnico sobre el proceso de presentación, la gestación de la idea, el ajuste de la misma en los procesos, la elaboración, preparación y seguimiento de la documentación necesaria, etc. Ello, unido a la complejidad para conseguirlas y la necesidad de ser cada vez más competitivas, son algunos de los motivos por los que las PYMES acuden a empresas especializadas. La conveniencia de optimizar la financiación, unido a la necesidad de dotarse de la mayor seguridad jurídica posible, son las principales ventajas que aporta contar con la asesoría de un especialista en Optimización de Costes a través de la fiscalidad: especialización y optimización de resultados".

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